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NOTICIAS Y PUBLICACIONES DE INTERÉS

EXPERTOS DE LA ONU INSTAN A APOYAR A LOS DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO

 

México, D.F., 06 de abril, 2016 — Varios expertos de la ONU en derechos humanos exhortaron hoy al gobierno de México a apoyar a los defensores de las garantías básicas y a contrarrestar las campañas de desprestigio contra ellos.

El llamado de los relatores ocurre en el contexto de una ola de críticas por parte de diversos medios de comunicación mexicanos a la labor de esos activistas y de las organizaciones a las que pertenecen, algunas de ellas de carácter internacional. 

El relator especial sobre la situación de esos defensores, Michel Forst, señaló en un comunicado conjunto que las autoridades mexicanas deben reconocer públicamente que la labor de los activistas es legítima y fundamental para el estado de derecho, la justicia y la democracia.

Los expertos de la ONU explicaron que en los últimos meses, varios defensores y organizaciones civiles en México han sido acusados a través de los medios de fraude y corrupción, de defender a presuntos delincuentes y promover la impunidad con falsas denuncias de tortura.

Forst, subrayó que, por el contrario, el trabajo de esas personas ha contribuido a la promoción del acceso de las víctimas a la justicia en situaciones de violaciones graves a sus derechos. 

Los relatores también indicaron que varias organizaciones involucradas en las investigaciones del caso de la desaparición de los estudiantes de Ayotzinapa, incluido un grupo de expertos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, han sido objeto de campañas de desprestigio con el objetivo de desacreditar el resultado de sus pesquisas.

Fuente: http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=34809#.Vwk_AKR97IU

CONFERENCIA MAGISTRAL "DEFENSA FISCAL DE ÚLTIMA RATIO"

 

CURSO-TALLER EN MATERIA FISCAL IMPARTIDO POR EL LIC. SERGIO ESQUERRA 

 

El propósito es el de compartir las estrategias legales en materia fiscal y administrativa, considerando las continuas reformas, ademas de impulsar el interés, la vocación y la pasión en el Derecho Fiscal, en voz de un reconocido exponente como lo es el licenciado Sergio Esquerra, prestigioso abogado litigante y asesor jurídico con especialidad en defensa administrativa y fiscal, comercio exterior y seguridad social, Socio Directivo del Bufete ESQUER & ESQUERRA ABOGADOS en la ciudad de Culiacán, Sinaloa, destacado por la revista “Defensa Fiscal” como una de las “Grandes Firmas de Fiscalistas en México”; autor de nueve libros, el último titulado “Defensa Fiscal-Impugnación de Avanzada en Juicios de Nulidad” de la Editorial Estrategia Tributaria, de igual manera ha sido distinguido por la revista “Opciones Legales-Fiscales” como “Líder Tributario de México” y reconocido por la revista “Defensa Fiscal” como uno de los “Fiscalistas más Importantes de México”.

 

Los costos y horarios son los siguientes:

  • Viernes 1 de abril de 5:00 pm a 9:00 pm, sábado 2 de abril de 10:00 am a 4:00 pm

  • El costo del curso es de $1,500.00, al día del evento.

  • El costo para estudiantes, maestros y empleados de las dependencias TFJFA, TCA u otras dependencias públicas, presentando identificación vigente de la institución a la cual representan es de $1,300.00, al día del evento.

  • El costo por pago anticipado al día 27 de febrero es de $1,200.00.

  • Posterior a esta fecha y hasta el día 15 de marzo el costo es de $1,300.00.

  • El costo por anticipado aplica a público en general, estudiantes, maestros y empleados de las dependencias TFJFA, TCA u otras dependencias públicas.

  • Los costos son más I.V.A. (comprobante deducible de impuestos).

  • Forma de pago mediante depósito y/o transferencia electrónica se realizará en Banco Inbursa Cuenta 50030786223 CLABE 036840500307862235; o bien a Banco Santander Cuenta 60-56937645-6 CLABE 014799605693764565, a nombre de Marisol Guadalupe Rodríguez López (señalar nombre completo del (los) participante (s)).

  • Forma de pago en efectivo y/o tarjeta de crédito/débito en nuestras instalaciones, Altamirano #76 Zona Centro, entre Azueta y Betancourt, a un costado de Cáritas de Xalapa.

  • Con esta calendarización podemos ofrecer un sistema de pago para que al interesado en acudir al curso-taller no se le haga complicado apartar su lugar, y que no pierda la oportunidad de ampliar su conocimiento sobre los temas que se tocarán, manteniéndose vigente y actualizado.

AMPARO QUE DETERMINARÁ INDEMNIZACIÓN A VÍCTIMAS POR DAÑO MORAL

 

MÉXICO. 12 DE AGOSTO DEL 2015. ESTRADO La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió las solicitudes de ejercicio de las facultades de atracción 56 y 57, ambas de 2015, a propuesta del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En ellas se atrajo tanto el amparo promovido por una persona que demandó el pago de daño moral causado por el fallecimiento de su hija por negligencia médica y actos discriminatorios, al establecer como elemento determinante en dicho pago la situación económica de la víctima, como el amparo promovido por el Gobierno del Distrito Federal.

 

A lo largo de la secuela procesal y tomando en consideración las sentencias de amparo que se dictaron, la Sala responsable ha variado el monto de indemnización por tal concepto, debido a que el tribunal colegiado le ha indicado diversos elementos que deben ser tomados en consideración para tales efectos. La Primera Sala determinó atraer los dos amparos directos, toda vez que, en su momento y sin prejuzgar su resolución de fondo, estará en posibilidad de pronunciarse sobre los parámetros que resultarían aplicables para determinar el monto que debe resarcirse a la víctima en una demanda de daño moral cuando el obligado es un ente público, o si bien cabe hacer distinciones, en virtud de que existe la presunción de que al mermar el patrimonio de dicho ente, se llegaren a vulnerar otros programas, afectándose el resto de los ciudadanos.

 

Así, el análisis de la situación descrita constituye un tema de importancia y trascendencia, ya que permitirá pronunciarse sobre lo siguiente: a) El derecho humano a la justa indemnización en términos del artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en relación con el 1° constitucional. b) Los elementos que se deben tomar en consideración para fijar la cantidad por concepto de reparación del daño moral cuando es condenado un ente público y, c) Sobre si hay afectación al interés general en caso de concederse el amparo a la actora en el juicio ordinario de origen.

¿QUIERES PAGAR MENOS IMPUESTOS?

 

¡Sí, obvio! Es la típica respuesta que escucho cuando hago esta pregunta. Pagar impuestos es una carga muy pesada porque: a) representa menos dinero en la bolsa, y b) por lo “complicado” que resulta la administración y cálculo de los mismos. ¿Cómo lograrlo?

Existe toda una serie de mitos alrededor del pago de impuestos que van desde: “¿Por qué pagar, si al final del día todo se diluye en corrupción y moches?”, hasta: “Es muy difícil juntar todas las facturas para lograr deducciones, y como empleado (contribuyente cautivo) no hay deducciones posibles.”

 

Por lo anterior, te presento algunas ideas para administrar tus ingresos/egresos, y que así el cálculo de tus impuestos/deducciones sea muy sencillo. También te platicaré que gracias al apoyo de soluciones tecnológicas, tu vida contable será sumamente fácil. Y, finalmente, en una siguiente participación haré algunas reflexiones sobre la importancia y el impacto (práctico y utilitario) que tiene el pago de impuestos.

 

Impuesto inteligente

“Los impuestos y la muerte es lo único seguro en esta vida"

Si compartes esta premisa reconocerás que estamos obligados (cautivos, en la mayoría de los casos) a pagar impuestos, por lo que hacerlo de una forma inteligente, y que genere el menor desembolso, resulta de suma importancia. Para lograr este objetivo es indispensable llevar nuestra contabilidad en orden y saber ¿quién?, ¿cuánto?, ¿qué? y ¿cómo? se pueden hacer deducibles los gastos que se hayan tenido a lo largo del año.

 

¿Quién?

Todas aquellas personas físicas que presenten su declaración anual. Presentar declaración anual es una obligación que aplica para personas:

Cuyos ingresos dependen de sus servicios profesionales o empresa propia.Que hayan obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos similares a salarios que sobrepasen de 400,000 pesos.Que tienen 2 o más fuentes de ingreso.Que obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales superiores a 100,000 pesos.Presentar declaración anual es voluntario para personas que tienen ingresos menores a 400,000 pesos por concepto de salarios, y/o 100,000 pesos por concepto de intereses reales.

 

¿Cuánto?

Se pueden hacer deducibles gastos que resulten menores a 4 salarios mínimos anuales (98,243.40 pesos para la zona geográfica A y 93,104.20 pesos para la zona geográfica B) o el 10% del total de los ingresos del contribuyente. Es decir, si una persona en zona geográfica A tiene ingresos anuales por 700,000 pesos podrá deducir un máximo de 70,000 pesos, ya que le aplica el tope del 10% de su ingreso anual, mientras que una persona con ingresos anuales por 1,400,000 pesos podrá deducir un máximo de 98,243 pesos, que es el tope máximo en cuanto a monto.

 

¿Qué?

Salud: Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios. El alquiler o compra de aparatos de rehabilitación, análisis y estudios clínicos, prótesis y lentes ópticos graduados también pueden deducirse. Los medicamentos únicamente son deducibles si se administran al paciente mientras está hospitalizado.

También son deducibles los seguros de gastos médicos mayores adicionales o independientes de los servicios de salud brindados por instituciones públicas. Solamente se puede deducir la cantidad pagada por el contribuyente.

Gastos funerarios: Deducciones por gastos funerarios cuyo monto total no sea mayor que el salario mínimo anual de la zona a la que el contribuyente pertenece.

Aportaciones para el retiro: Aportaciones voluntarias para el retiro en tu Afore o en planes personales de ahorro para el retiro (PPR) en instituciones validadas por el SAT.

Vivienda: Se pueden deducir los intereses derivados de un crédito hipotecario, construcción, remodelación de casa habitación.

Educación: Son deducibles los pagos de colegiatura hasta por los siguientes montos por alumno y no aplica dentro del tope de 4 salarios mínimos o 10% del ingreso:

JuanPTambién se puede deducir el transporte escolar, siempre y cuando sea obligatorio para todos los alumnos de la escuela en cuestión, o éste se encuentre incluido en la colegiatura de todos los alumnos. Esta deducción sí entra dentro del tope de 10% o 4 salarios mínimos.

 

¿Cómo?

Utilizando herramientas como: Enconta (tech + contador), Contpaq (Tech), Impuestum (Contador), entre muchas otras disponibles para ti. Hay deducciones que aplican solamente para el contribuyente, y otras que se extienden a personas como su cónyuge, concubina, ascendientes (padres o abuelos) o descendientes (hijos, nietos) en línea recta, otras deducciones cuyos topes varían, y muchas especificaciones más en lo antes mencionado que sería imposible ilustrar en un solo artículo.

Para aprovechar al máximo las posibilidades de deducción, lo mejor es acudir con un experto que conozca a fondo la ley e invertir en obtener una declaración que nos dé los mayores beneficios posibles. Piensa que si eres persona física podrías estar invirtiendo 9,600 pesos anuales para deducir hasta 98,243.40 pesos anuales, lo cual significaría un ahorro de hasta 34,385 pesos por efecto de tener una base gravable menor. Es decir, inviertes 9,600 y generas 34,385 pesos adicionales, muy buen retorno sobre tu inversión ¿no?[2] (Cifras basadas en el ejemplo de un cliente de Enconta).

 

Conclusión

Está en ti administrar tus ingresos y gastos, así como llevar una contabilidad en forma. La base de las finanzas personales sanas radica en este secreto. ¿Has oído hablar de presupuestos, gasto hormiga, fondo de emergencia y la diferencia entre ahorro e inversión? Todos esos conceptos parten de una función básica que es la contabilidad aplicada a tus finanzas.

 

Sin embargo, normalmente asociamos esta disciplina a una práctica que sólo compete a las grandes empresas (en el mejor de los casos), o bien, como la necedad de alguien por llevar el control de algo que nadie entiende y, peor aún, que no sirve para nada. El uso de soluciones como las antes mencionadas hará del ¿qué?, ¿cuánto? y ¿cómo? algo tan sencillo de usar como el Fantasy football, la quiniela de la oficina, o el conteo de pasos y escalones con un weareble device en tu muñeca.

 

Así que, sin miedo, el 2015 debe ser el año que por fin adoptes esta nueva tradición de invertir en tu contabilidad (¿cómo?), deducir tus gastos (¿qué?) y reducir el desembolso en pago de impuestos (¿cuánto?). Recuerda que el ROI[3] sobre esta inversión será mucho mayor al que puedas obtener en la quiniela, o a lo que le bajes a tus cuates en el Fantasy. Fuente Juan Pablo Zorrilla.

FUENTE: http://www.forbes.com.mx/quieres-pagar-menos-impuestos/

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